060 Informa:
Viernes, 20 Octubre, 2006
Publicado texto completo del Anteproyecto de Ley de Administración Electrónica. Participe con sus opiniones, críticas y sugerencias en 060
Da la sensación de que el Gobierno quiere pasar de puntillas por encima de su promesa electoral.
Primar los intereses monopolísticos a costa de ahogar el desarrollo local. Pagar licencias millonarias por un permiso para usar algo que no se sabe como es por dentro, en lugar de ser los dueños del software que se produce, para poderlo compartir con la comunidad igual que la comunidad comparte su conocimiento con nosotros.
Extremadura es un ejemplo para el Mundo, pero no para España.
Esta es mi modesta aportación para intentar mejorar el texto:
Artículo 4. Principios generales.
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c) Principio de accesibilidad a la información y a los servicios por
medios electrónicos a través de sistemas que permitan obtenerlos de manera segura y comprensible, garantizando especialmente la accesibilidad universal y el diseño para todos de los soportes, canales y entornos con objeto de que todas las personas condiscapacidad y de edad avanzada puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones.
No se menciona la necesidad de que las páginas web a disposición de la administración deban cumplir la validación de los estandares internacionales de accesibilidad como único modo de garantizar la misma.
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i) Principio de neutralidad tecnológica y de adaptabilidad al
progreso de las técnicas y sistemas de comunicaciones
electrónicas.
¿Cómo puede haber neutralidad tecnológigica sin usar software libre?.
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Artículo 7. Defensor del usuario de la Administración Electrónica.
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2. El Defensor del usuario de la Administración Electrónica será nombrado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio para las Administraciones Públicas, entre personas de reconocido prestigio en la materia. Dependerá orgánicamente del Ministro para las Administraciones Públicas y desarrollará sus funciones con imparcialidad e independencia funcional, para lo cual se le dotará de los medios necesarios para su funcionamiento.
¿Cómo puede ser independiente si está nombrado por el Ministerio?. Debe nombrarlo el Parlamento.
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Capítulo Segundo. Cooperación en materia de interoperabilidad de sistemas y aplicaciones.
¿Como se puede hablar de interoperabilidad sin mencionar los estandares internacionales?
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Capítulo Tercero. Reutilización de aplicaciones y transferencia de tecnologías.
Sustituir la palabra podrán por deberán en todos los puntos. Los programas pertenecen a quien los paga que es el ciudadano.
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Sábado, 21 Octubre, 2006 at 12:48
A ver si me pongo las pilas y hago mis aportaciones..